El Rol de
Los seres humanos, como colectivo, estamos en constante evolución. Así también las diversas formas de entender la discapacidad.
Con el paso de los siglos, esta visión cambia hacia una de caridad, pues a las personas con alguna discapacidad se les considera inútiles, dependientes, se les hace sentir incluso como una carga para la sociedad, empezando por su propia familia. Así, se les humilla tratándoles con inferioridad, con lástima. Surgen términos como inválido, impedido, especial.
Desde mediados del siglo XX, con el avance de la medicina y la ciencia, el paradigma se torna en el de enfermedad. Se personaliza la discapacidad, pues esta resulta de una deficiencia directa de la persona, quien debe ser curada.
Pero todo esto no va a ser posible si no contamos con un respaldo legal que permita exigir las medidas planteadas por la sociedad y adoptadas por el estado.
Primero lo primero,
¿Qué es
• “Las personas con discapacidad son aquellas que tienen deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales a largo plazo que, al interactuar con diversas barreras, pueden impedir su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con las demás”.
¿Cuál es el rol de la sociedad?
Hoy, en pleno siglo XXI, debería dejar de sentirse lástima, cólera, resentimiento, o frustración por las personas con discapacidad. Estos sentimientos solo dan pie a maltratos físicos y/o psicológicos, además de generar mayor permisividad ante la discriminación. En este sentido, la sociedad que realmente quiere evolucionar debe asumir un rol integrador.
¿Cómo?
Respetando a la persona con discapacidad. Tratándola con dignidad y respetando sus derechos, que al final son los mismos para todos. Conociendo, respetando y difundiendo las leyes, tanto nacionales como internacionales, que apliquen y permitan el desarrollo pleno de las personas con discapacidad de manera autónoma en la sociedad.
En este marco de respeto e integración, la sociedad fue generando avances científicos en materia de discapacidad e impulsando medidas de desarrollo e integración. En esta coyuntura surge la frase “nada acerca de nosotros, sin nosotros.”
Así, el Comité Especial encargado de elaborar
¿Con la aprobación basta para su aplicación?
¿Cuál es su importancia?
¿Es un documento más?
No,
Hola, estuve leyendo la información del Blog, traté de dejar algún comentario, pero el sitio lamentablemente no ofrece buen nivel de accesibilidad, lo cual hace perder mucho tiempo, teniendo en cuenta que para nosotros, los ciegos, la localización y lectura de información requiere más tiempo que para los no ciegos. No obstante pude leer el primer artículo de Ricardo Guerrero sobre la Convención al cuál formulo con todo respeto, los siguientes comentarios, y espero lo puedan colgar allí también. *** inicio de mi comentario:1. ante su pregunta ¿Qué es la Discapacidad? , la respuesta que consigna, más bien responde a la pregunta ¿quién es una persona con discapacidad? . además de poner énfasis en el modelo médico de la misma ya que resalta en primer lugar las deficiencias al estilo de nuestra Ley N° 27050.
ResponderEliminarLa discapacidad es una condición, una situación a la que la sociedad y el Estado someten a las personas en razón de la ausencia de respuestas a sus necesidades basadas en sus diferencias bio-psico-sociales.
2. Respecto a los prejuicios, maltratos, etc. No se originan por los sentimientos que indica, sino, que obedecen fundamentalmente a una concepción y construcción social elitista, inequitativa, con profundas brechas socio económicas que producen y resaltan también valores individualistas, tendientes a la utópica idea del hombre “perfecto” terminando por despreciar aquello que no cumple con el modelo.
3. El Perú en efecto firmó la Convención y su Protocolo Facultativo en marzo del 2007, pero la ratificó el Congreso de la República mediante la R.L. 29127 del 31 de octubre del 2007 y no el 30 de enero como se ha consignado.
4. El Estado peruano debe cumplir la Convención no como se dice “bajo sanción de incumplimiento” , sino bajo sanción por su incumplimiento. Pero, esto tampoco es exacto, ¿Cuál es la sanción al Estado Peruano en caso de incumplimiento?
*** fin del comentario
saludos cordiales.
Víctor Hugo Vargas Chávarri
*Este comentario lo emitió el Sr. Vargas, vìa correo electrónico.*
Saludamos el comentario del Dr. Víctor Hugo Vargas Chávarri y prometemos buscar mejorar la accesibilidad de nuestra página web.
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